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    Incidencia del control de constitucionalidad sobre las leyes que recogieron las principales líneas de gobierno 2002 – 2006. Colombia

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    Conocer la incidencia del control de constitucionalidad sobre la actividad legislativa que recogió las principales líneas de gobierno para el período 2002-2006, parte de la necesidad de realizar un análisis que permita aportar nuevos conocimientos que servirán de aporte para la historia, la investigación, la ciencia política, la sociología jurídica y el tratamiento en la academia, teniendo como punto de partida la intersección del derecho procesal con el derecho Constitucional, y considerando la función de las ramas del poder público, en especial el ejercicio de la función legislativa y sus medios de control, como lo es el control de constitucionalidad de las leyes. El trabajo específico que pretende dar respuesta a la pregunta planteada como problema de investigación, podemos decir que es una variable o derivación de un proyecto de investigación macro, proyecto Institucional adelantado por el Programa de Investigación de la Universidad de Medellín llamado “Análisis comparativo del resultado del control de constitucionalidad realizado sobre la actividad legislativa desarrollada a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, durante los períodos presidenciales de Cesar Gaviria Trujillo, Ernesto Samper Pizano, Andrés Pastrana Arango y Álvaro Uribe Vélez” tiene como objetivo general realizar un análisis comparativo sobre los resultados arrojados por el control de constitucionalidad efectuado al ejercicio de la actividad legislativa desarrollada a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, teniendo como parámetro de comparación los períodos presidenciales de Cesar Gaviria Trujillo, Ernesto Samper Pizano, Andrés Pastrana Arango y Álvaro Uribe Vélez

    Jurisprudencia constitucional y territorio

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    As to territory, the 1991 Political Constitution puts an end to political centralism -a characteristic of the 1986 Constitution-, and it strengthens administrative decentralization, initiated in 1986 with the popular election of mayors.This article analyzes the work undertaken by the Constitutional Court over that which refers to territorial ordinance as well as to the administrative decentralization, where local communities will become forgers of their own destinies, with the indispensable help from the central establishment.En cuanto al territorio se refiere, la Constitución Política de 1991 pone fin al centralismo político, característico de la Constitución de 1886, y fortalece la descentralización administrativa, iniciada en 1986 con la elección popular de alcaldes.El presente artículo analiza el trabajo realizado por la Corte Constitucional, tanto en lo referido al nuevo ordenamiento territorial como a la descentralización administrativa, donde las comunidades locales serán forjadoras de sus destinos, con la indispensable ayuda del ente central

    Desarrollo regional y capacidad institucional : el déficit de capacidad institucional del Estado en los territorios subnacionales

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    Cuando se habla de los factores que producen las disparidades territoriales en Colombia, los diferenciales de capacidad institucional que tiene el Estado colombiano para hacer efectivos los derechos políticos, económicos y sociales de sus ciudadanos, cobran un valor esencial a la hora de explicar las pronunciadas brechas que se generan en las regiones del país. Es por esto que la hipótesis central de nuestro trabajo se centra en que la descentralización como modelo de gestión de los asuntos públicos presenta serios problemas de eficiencia y eficacia debido a la escasa capacidad institucional con la que cuentan las organizaciones públicas y gubernamentales en las periferias colombianas, lo que produce que las políticas de inclusión, bienestar y promoción del desarrollo no logren su implementación y adecuada aplicación en los departamentos más pobres del país. La baja capacidad institucional se explica porque las reformas se encargaron de entregar a los departamentos y municipios competencia y recursos para ejercer una amplia gama de funciones, pero no se ocuparon de dotarlas de recursos organizacionales, institucionales, de recursos humanos y de gestión, que permitieran el uso efectivo y eficiente de los recursos fiscales, ni la capacidad de respuesta de las administraciones públicas territoriales frente a las demandas de los habitantes de los municipios y departamentos

    Transferencias, el ayer y el hoy

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    El siguiente trabajo contiene una recopilación del tema de las transferencias en Colombia, mostrando su trayectoria a través de la historia reciente del país, se analizarán los efectos de las mismas, que se han catalogado como perversos dadas las consecuencias de un legado de más de veinte años en la economía, el sentido social y la administración pública de la Nación. Por otra parte, se evalúan las secuelas en los sectores que buscaba impulsar, la salud y la educación, finalizando se recopila tanto la información como los análisis para plantear conclusiones y sugerir alternativas que permitan que las transferencias cumplan el papel para el cual fueran creada

    Is the recentralization the best way for the fiscal function?

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    El siguiente artículo tiene como propósito ilustrar sobre la naturaleza de la Contraloría General de la República y cómo esta se relaciona con los conceptos de descentralización, desconcentración y recentralización, además la forma en que esta institución se ha concebido en la Constitución de 1991 para posteriormente compararla con su funcionamiento en la realidad y sugerir unos cambios para evitar que la función técnica sea politizada y usada para la obtención de unos beneficios particulares. De esta manera buscamos poner de presente los problemas de la descentralización y cómo esta forma de nuestro Estado permite fenómenos como el de la corrupción.The following article has the purpose to show the nature of the Office of the Comptroller General of the Republic1 and how this organism can be related with the concepts of administrative decentralization and recentralization. In addition, how the Office of the Comptroller General of the Republic has been understood under the text of the 1991 Colombian Constitution, and furthermore, how this organism can be compared on its functioning and also the purpose to to suggest some changes that can avoid a politicized activity of this public function. In this paper, we want to show the problems of the administrative decentralization and also, how the Colombian State model can conceive a phenomena of corruption

    Criterios para la asignación de recursos en los municipios de sexta categoría. Escenario para la efectiva descentralización en Colombia

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    112 páginasMediante esta tesis se abordará el modelo del ordenamiento territorial adoptado por el Constituyente de 1991 explicando sus antecedentes, para analizar las atribuciones de la entidad municipal, específicamente aquellos ubicados en la categoría sexta, desde la perspectiva del ejercicio de las competencias asignadas a su cargo dentro del desarrollo de las funciones de esa unidad administrativa, con un enfoque dirigido a los criterios que han sido implementados para la asignación de recursos. Así mismo, se desarrollara el principio de "Autonomía Municipal como el atributo fundamental que ostenta y que permiten su desenvolvimiento y el cumplimiento de las tareas que les han sido asignadas con ocasión de lo dispuesto en la Carta. Se presenta una descripción del Reparto de Competencias, finalmente se hace un análisis a la gestión de los recursos propios de estas entidades. Con base en lo anterior, se determina su pertinencia bajo los parámetros de eficiencia en la prestación servicios y mejoramiento de la calidad de vida de sus comunidades, así como de los esfuerzos que demanda el desarrollo de sus territorios.Through this thesis, the model of territorial ordering adopted by the 1991 Constituent will be approached, explaining its antecedents, to analyze the attributions of the municipal entity, specifically those located in the sixth category, from the perspective of the exercise of the powers assigned to its position within of the development of the functions of that administrative unit, with an approach directed to the criteria that have been implemented for the allocation of resources. Likewise, the principle of "Municipal Autonomy will be developed as the fundamental attribute that it holds and that allows its development and the fulfillment of the tasks that have been assigned on the occasion of the provisions of the Charter. A description of the Distribution of Competences is presented Finally, an analysis is made of the management of the own resources of these entities. Based on the foregoing, its relevance is determined under the parameters of efficiency in the provision of services and improvement of the quality of life of their communities, as well as the efforts that the development of their territories demands.Magíster en DerechoMaestrí

    Descentralización, instituciones y organizaciones: trayectoria en Colombia

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    Se tiende a contemplar la descentralización como una decisión que se toma en una coyuntura, y a evaluar sus resultados a partir de los efectos que se producen desde dicho hito. Aunque en los estudios no se asume la descentralización actual como un hecho emergente, es decir, como un hecho sin precedentes, si se le atribuyen las características que actualmente tiene, a las reformas de la década de los ochenta del siglo XX y a la Constitución de 1991, que dieron como resultado la que se considera la etapa con mayor descentralización de la República de Colombia. Antes de tales reformas, a las divisiones territoriales no se les reconoce un rol específico y determinante en la construcción y consolidación del Estado de Colombia. Visto así, la descentralización en Colombia es un proceso relativamente joven, de un poco más de 30 años. No obstante, los estudios sobre la descentralización en esas décadas no permiten observar cómo evolucionaron las reglas y organizaciones de la descentralización en el Estado Colombiano, de forma que se contribuya en la explicación del actual diseño de la descentralización y su desempeño La presente tesis doctoral titulada “Descentralización, Instituciones y Organizaciones. Trayectoria en Colombia”, tiene como como objeto de investigación, las instituciones, organizaciones de la descentralización en Colombia en el periodo de la República 1821 a 2014. El objetivo principal es identificar los elementos que contribuyen a la explicación y comprensión del rol jugado por las divisiones territoriales en la construcción y consolidación del Estado Colombiano, así como la configuración organizacional de la descentralización que resultó en dicho proceso. Los objetivos específicos de la investigación fueron: explorar, describir y analizar las instituciones que configuraron el poder público en la República de Colombia y su relación con las divisiones territoriales, desde el nacimiento de la República hasta el presente; identificar la trayectoria de las formas organizacionales que han actuado en la descentralización en Colombia desde el inicio de la República y que determinaron la actual configuración organizacional de la descentralización; e identificar la configuración de reglas y organizaciones que ejercen la vigilancia y el control de gestión fiscal y resultados de la descentralización en Colombia..

    Seminario Internacional sobre Descentralización Fiscal en América Latina: Mejores Prácticas y Lecciones de Política

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    Incluye BibliografíaResumen Se observa en la actualidad una mayor dinámica en la gestión pública subnacional en Colombia, pero esto a su vez ha desatado ciertas tensiones y conflictos que pueden convertirse en obstáculos serios para la consolidación de la descentralización fiscal en el país. Se reconoce por ejemplo, la falta de liderazgo por parte de un organismo de alto nivel que asuma la responsabilidad de coordinar el proceso. Existe también una débil capacidad de gestión a la hora de asumir nuevas responsabilidades y administrar mayores recursos que propendan por un mayor desarrollo local o regional. Es necesario corregir las asimetrías que prevalecen entre la asignación de transferencias y la posibilidad de obtención de recursos propios, con la delegación efectiva de gastos ya que el sistema actual debilita la posibilidad de actuar con instrumentos de estabilización fiscal y no se garantiza el esperado aumento en eficiencia, sustento teórico de la descentralización. Debe reconocerse que los actuales sistemas de transferencias no ligan adecuadamente el gasto de los entes subnacionales con indicadores de costo, llevando incluso al incumplimiento de los porcentajes de destinación que la ley exige. Otro fenómeno conocido como pereza fiscal ha sido observado en especial en municipios pequeños. Los criterios de asignación de recursos llevan implícito un estímulo a la creación de nuevos municipios que técnicamente no son viables pero que van detrás de una renta mínima segura. A este tipo de problemas se le agregan los propios de los sistemas de cofinanciamiento que se ofrecen como instrumentos de fortalecimiento de las inversiones locales que desbordan los beneficios sociales más allá de los límites territoriales. Se observa una escasa cultura de presupuestación por proyectos, la congestión de propuestas en la última parte del período fiscal de los fondos y poca dinámica de los entes departamental y municipal en la identificación y priorización de posibles áreas a cofinanciar. Finalmente, el endeudamiento se ha convertido en una vía fácil de obtener recursos sin un costo político significativo para el demandante actual pero que a las futuras administraciones puede reducirles los grados de libertad, máxime si hay un uso inadecuado de este instrumento financiero. Así, y como resultado de un mayor volumen de transferencias, el endeudamiento ha encontrado un nicho de mayor apalancamiento que podría traducirse, tal como ya se está vislumbrando en el país, en serios desequilibrios macroeconómicos. Los documentos que a continuación se presentan llaman la atención sobre los problemas antes mencionados y proponen algunas ideas de como resolver este tipo de elementos que podrían redundar en la desarticulación de un proceso descentralizador que ha sido motivo de grandes transformaciones políticas, sociales y económicas en la historia reciente de Colombia y que reclama por la consolidación de sus entidades regionales y territoriales."

    Autonomía e independencia del control fiscal en la constitución política de 1991

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    La Contraloría General de la República comenzó a funcionar en Colombia como ente estatal de forma organizada y estructurada, el primero de septiembre de 1923 bajo la vigencia de la Ley Nº 42. La designación del Contralor la hacía directamente el Presidente de la República. El control fiscal sobre los bienes y recursos públicos y la eficacia de la inversión a través de los presupuestos públicoha evolucionado en aspectos relacionados con el mejoramiento de normas jurídicas sustantivas y procedimentales, así como la armonización con ordenamientos del Derecho Público y Privado. Ello no deja de lado la constante preocupación de los colombianos, reflejada en la insatisfacción por sus resultados

    La educación en el departamento del Atlántico su calidad y cobertura de acuerdo al régimen de transferencias y la autonomía de los entes territoriales

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    Dentro del contexto jurídico-económico global, irrumpe en Colombia un nuevo orden constitucional, al promulgarse en 1991 la actual Constitución Política (Colombia. Asamblea Nacional Constituyente, 1991) con una concepción post moderna y la adopción de un nuevo modelo de Estado, superando al Estado de derecho para pasar a un nivel de umbral más avanzado, de mayor extensión y efectos íntimamente ligados al reconocimiento de la dignidad del hombre y a otros postulados que lo edifican como el centro de toda actividad y accionar del Estado a través de sus diversas autoridades; ese nuevo Estado es el Estado social de derecho. El Estado social de derecho es un modelo que exige una estructura económica solida ya que pretende garantizar derechos sociales entre los cuales encontramos el derecho a la educación, y que se convierte en uno de los programas bandera no sólo del gobierno nacional, sino del gobierno local. Así, el propósito de la constituyente del año 1991 fue fortalecer las finanzas intergubernamentales, para responder a las necesidades de ese nuevo modelo estatal que requiere una estructura económica fortalecida sobre unos principios fundamentales para corresponder a su realidad social. Por ende, bajo la figura del Estado social de derecho, se han concebido regulaciones de instituciones y tópicos referentes a principios, deberes y valores constitucionales que se hilvanan con el resto de las normas constitucionales, tratados, convenciones y cartas de derechos universalmente aceptadas, que hacen parte del orden jurídico interno a través del bloque de constitucionalidad; existiendo así una estrecha y armónica relación entre la parte dogmática y la parte orgánica, donde se incluye los principios de la hacienda pública como un todo simétrico, diseñado como hilo conductor de todo el engranaje político, jurídico, económico y filosófico que inspiró al constituyente de 1991. En efecto, la nueva Carta Política en aras de fortalecer el fisco y la descentralización territorial no sólo consagró como principio fundante del Estado social y democrático de derecho, la descentralización territorial y la autonomía de los entes que la conforman, sino que amplió el plexus de sus obligaciones y responsabilidades con el firme propósito del cumplimiento efectivo de sus deberes y carga obligacional que desde el centro se trasladó a la periferia intencionalmente para permitir más recursos y mayor participación a las comunidades en el proceso de toma de decisiones políticas1. Lo anterior engloba un Estado social lejos de un Estado gendarme; propone un Estado evolucionado capaz de garantizar derechos fundamentales que generalmente encierran un contenido económico y que requieren una capacidad económica del Estado que lo profesa ya que su fin último es la satisfacción de los derechos sociales2; esta ampliación de la actividad estatal justifica un andamiaje jurídico que le permita un equilibrio económico entre los gastos generados a raíz de estas responsabilidades y obligaciones y los ingresos obtenidos por la estructura del sistema fiscal. Es decir, un Estado social debe ser un Estado económicamente sostenible. En un Estado social de derecho organizado en forma de República Unitaria descentralizada, los gastos generados por la obligación que nace de garantizar los diferentes derechos sociales, especialmente, los reconocidos a esa población vulnerable como lo es la de los niños en situación de pobreza, que no tienen derecho a educación en los entes territoriales; son reconocidos como una aspecto relevante, aquí la discusión se torna alrededor de la repartición más apropiada de los recursos fiscales entre autoridades nacionales y locales. En pocas palabras, se analiza que la descentralización no significará tan sólo la creación de autoridades en entes territoriales, sino también la distribución eficiente de los recursos. Lo anterior, permitió el escenario propicio para esbozar los contenidos normativos de los Artículos 356 y 357 de la Carta Magna con la sólida orientación filosófica jurídica y económica de brindar a los entes territoriales y gobiernos sub-nacionales los recursos necesarios y suficientes para acometer la meritoria, pero exigente tarea de la prestación de los servicios de educación en los niveles preescolar, primaria, secundaria media y en el sector salud, buscando con ello garantizar la total cobertura y calidad. Así las cosas, en ese interregno nacen las llamadas transferencias y distribución de recursos, que luego de las reformas constitucionales que les introdujeron a los originales Artículos 356 y 357 de la norma normarum, pasaron a llamarse sistema general de participaciones. Según autores como Restrepo (2012) el hecho de que ciertas prioridades del gasto público se puedan apreciar con mayor inmediación a nivel local, y así mismo, el hecho de que el control político del gasto público y su evaluación pueda hacerse también con más eficiencia tratándose de inversiones decididas a nivel local, indica que independientemente de sus justificaciones políticas – desde el punto de vista de la eficiencia, esta forma de tomar decisiones puede apoyar de manera más apropiada el desarrollo económico que si todo el proceso de asignación del gasto es realizado a nivel central (p. 557). Dicho de otro modo, el nivel de autonomía de los entes territoriales no sólo se debe reflejar en la capacidad de decisión de sus autoridades, sino también en la distribución de los recursos para la progresiva prestación de los servicios públicos de acuerdo con las prerrogativas del Derecho internacional de los Derechos Humanos. Con respeto a lo anterior, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales impone una obligación vinculante a los Estados Parte de lograr el desarrollo progresivo de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales3. Por todo lo anterior, el objeto de este estudio inicialmente es determinar el impacto generado por las reformas al régimen de transferencias y su incidencia en la distribución de recursos, como desarrollo de la autonomía de los entes territoriales con respecto a la eficiencia administrativa en el sector educativo del departamento del Atlántico en los años comprendidos entre el 2001 y el 2016. Este documento investigativo está dividido en tres capítulos que a todas luces pretende exaltar los principios de las finanzas intergubernamentales, tomando una muestra para su análisis y discusión. En el primer capítulo se abordan inextenso las figuras de las transferencias en la Constitución de 1991, y su reglamentación legal, aportando un recorrido por las consecuencias que han generado las reformas al régimen de transferencias y distribución de recursos en la eficiencia administrativa especialmente en el sector educativo del departamento del Atlántico, entre los años 2001-2016. Posteriormente, se analiza si las transferencias y distribución de recursos en el sector educativo departamento del Atlántico están diseñadas bajo parámetros, criterios de igualdad, proporcionalidad, equidad y crecimiento en la distribución de los recursos, acorde con lo estipulado con las normas analizadas de nuestro ordenamiento jurídico. Seguidamente se hace referencia a algunas evidencias acerca de si las transferencias y distribución de recursos en el sector educativo departamento del Atlántico, ha disminuido la calidad y cobertura educativa en el período comprendido entre los años 2011-2016. Por último, se dan a conocer las conclusiones y hallazgos que sustentan la hipótesis propuesta en el presente trabajo. Por lo anterior, se espera que esta investigación pueda constituir una obra de consulta para estudiantes, profesores, investigadores y funcionarios públicos que busquen profundizar en el tema estudiado. La investigación se realizó dentro del contexto del Departamento del Atlántico, pero con una visión jurídica que trasciende el marco nacional e internacional. Esta investigación es importante porque constituye un novedoso estudio sobre el tema, amén de ser el primero en abordar el impacto de las reformas al régimen de las transferencias en la educación del Departamento del Atlántico, cuando se privilegia la centralización o reconcentración ante la descentralización, permitiendo con ello el incumplimiento del cometido estatal en la prestación de un servicio público como lo es la educación, rompiéndose también el equilibrio que condensó el constituyente desde el Artículo 1º hasta el 356 y 357 de la Carta Política, estableciéndose en bibliografía obligada para las autoridades departamentales a quienes les corresponde por atribución constitucional y legal asumir la meritoria la cual consiste en la tarea de administrar los beneficios que representan los servicios de educación en los niveles que le competen. Así mismo debe constituir un antecedente para que la comunidad atlanticense y en general los padres de la patria puedan auspiciar reformas constitucionales y legales con un fundamento jurídico filosófico y económico condensado en el trabajo investigativo, en aras de superar el efecto negativo de los Actos Legislativos No. 01 de 2002 y 04 de 2007 y su séquito reglamentario.Universidad Libre - Facultad de Derecho - Doctorado en Derech
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